La Comunidad de Madrid destina 6 millones de euros para ayudas directas a las pymes afectadas por los incendios de la Sierra Oeste


La Comunidad de Madrid invertirá 6 millones de euros en nuevas ayudas directas para pequeñas y medianas empresas (pymes) de la Sierra Oeste afectadas por el gran incendio de este verano. El Consejo de Gobierno lo ha autorizado, al tiempo que ha aprobado las normas reguladoras fijadas por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. 

El abono a los damnificados se realizará en un solo ingreso de 10.000 euros por beneficiario, que podrá llegar a 15.000 cuando el negocio no haya logrado reanudar su actividad en el momento de presentar la solicitud a causa de los daños graves ocasionados en su establecimiento. Solo se podrá recibir una única subvención, con independencia del número de locales o centros de los que sea propietario. 

Podrán pedirlas las pymes industriales, comerciales, artesanas y de servicios con menos de 250 trabajadores con domicilio en alguno de los 17 municipios perjudicados, siempre que estuvieran en funcionamiento antes del 23 de julio, fecha en la que se declaró la emergencia de interés nacional. También tendrán acceso las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica. 

El objetivo del Gobierno regional es recuperar con rapidez la liquidez de las pymes locales, sostener el empleo y facilitar la vuelta a la normalidad económica en la comarca lo antes posible. Por ello, se ha simplificado al máximo el procedimiento y la documentación a aportar, a fin de que estas ayudas puedan llegar de manera ágil a los afectados. 

Estas subvenciones de emergencia forman parte del paquete de medidas anunciadas a finales de julio por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el plan de reconstrucción de la Sierra Oeste, y se complementan con otras destinadas a los autónomos con actividad económica en la zona, dotadas con 8 millones de euros.  

Las solicitudes podrán presentarse en la Administración Digital de la Comunidad de Madrid los dos meses siguientes a la publicación de la correspondiente orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.  



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