La nueva Ley de la Abogacía General moderniza los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid y refuerza su independencia
La nueva Ley de la Abogacía General moderniza la regulación de los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid y refuerza su independencia para adaptarse a las necesidades actuales de la Administración. La Asamblea regional ha aprobado en su sesión esta normativa, que sustituye a la actual, vigente desde 1999.
Entre las novedades se establece que el Abogado General debe pertenecer a un cuerpo de letrados de las Administraciones públicas, preferentemente de la Comunidad de Madrid, y acreditar, al menos, diez años de experiencia. También fortalece la estructura interna de este órgano, diferenciando las funciones de asesoramiento jurídico de las de representación y defensa de los intereses públicos ante los tribunales. Para ello, contará con las Direcciones de Asesoramiento Jurídico y de Litigios.
El texto también contempla la creación de una Secretaría Técnica para prestar apoyo a la Abogacía General y asumir, entre otras funciones la coordinación y elaboración de estudios especializados; la formación de los letrados, y el impulso de la digitalización. Asimismo, la nueva ley renueva el sistema de los informes jurídicos, aclara su contenido y los diferencia de las consultas, ampliando el uso de estas últimas por parte de los órganos de la Administración regional.
Por otro lado, recoge la regulación del Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid, integrado actualmente por más de 80 juristas, con el objetivo de preservar su cualificación, su carácter técnico, su independencia y su imparcialidad.








